william5
Hola a todos,
aquí va una pregunta que me ronda la cabeza desde hace tiempo y que no tiene que ver necesariamente con la fotografía analógica, sino que es más bien de carácter general.
Para fotografiar a personas, necesito su consentimiento debido a la problemática de los derechos de imagen. Por lo que sé, a eso se le llama «autorización de modelo».
¿Cómo lo hacéis cuando estáis por ahí, veis a alguien y le hacéis una foto? Me gustaría saberlo desde un punto de vista práctico: ¿lleváis papel y bolígrafo preparados? ¿Alguien tiene experiencia sobre cómo reacciona la gente ante esto y cuál es la mejor manera de proceder?
Cada vez que fotografío a personas desconocidas y luego veo los resultados en el laboratorio, me doy cuenta de que no puedo publicar las fotos.
Saludos, Jens
Gast
Hola, Jens
Cuando hago fotos por la calle, no firmo contratos. Si te cruzas con la modelo y intercambiáis unas palabras, simplemente explícale brevemente para qué estás haciendo las fotos (eso les interesa, porque hay muchos chiflados por ahí con el móvil y demás). Quizá tengas una tarjeta de visita que puedas darle con la dirección de tu página web, para que puedan ver lo que haces.
Dile que quieres publicar las fotos en tu página web y que también haces copias para ti y, quizá, para una exposición (quizá la gente quiera una copia, así que simplemente pídeles la dirección). Si no hay contacto, no haces nada. Si no las comercializas ni haces publicidad, la foto se considera arte. Echa un vistazo a la última edición de Photonews, donde se debate precisamente esta cuestión en el artículo de portada.
Si haces fotografía callejera, supongo que la gente te ve. Espero que no les dispares con un teleobjetivo (es decir: todo lo que supere los 135 mm me parece indecoroso en la fotografía callejera).
En las sesiones programadas, por supuesto, hago un contrato de modelo TFP (si lo deseas, puedo enviarte mi modelo; el correo electrónico lo encontrarás en mi página web).
Saludos, Martin
william5
Gracias, Martin. A mí no me va lo de los objetivos superteleres. En 35 mm utilizo un 50 mm y en medio formato, desde 50 mm hasta 150 mm. Y en este último caso, casi siempre con trípode. Así que, la verdad, no paso desapercibido ;-)
SimonWeber
Según tengo entendido, en Alemania la protección de la propia imagen está incluida en la protección de la obra artística. Es decir, si las imágenes se han tomado con fines artísticos (por ejemplo, para una exposición, incluso con catálogo y venta de las imágenes en tirada limitada), no se necesita una declaración de consentimiento, siempre que las imágenes se hayan tomado en un espacio público. (La situación es diferente cuando se fotografía a personas en espacios privados. Atención: los supermercados, etc., también pueden considerarse «espacios privados»).
Lo que no está permitido es explotar comercialmente retratos tomados sin consentimiento expreso (por ejemplo, en una revista de moda o difundirlos en tiradas muy grandes).
En cualquier caso, las fotos pueden utilizarse —incluso con fines comerciales— si las personas han sido fotografiadas como «elemento secundario», por ejemplo, de pie frente a un paisaje. En ese caso, ya no se considera una «imagen propia».
Saludos
Simon
uworischki
En el último número de PHOTONEWS hay un artículo interesante precisamente sobre este tema.
Saludos, Uwe